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. Son aquellas relacionadas con la propiedad o arrendamiento de inmuebles. Se entiende por inmobiliaria aquella derivada de la propiedad o utilización de edificaciones o terrenos, así como la realización de obras de mantenimiento o reforma en la propia edificación. La responsabilidad civil locativa es aquella derivada de la condición de arrendatario de un inmueble frente al propietario del mismo u otros, siempre que los daños sean consecuencia directa de incendio, explosión o daños por agua.
Cubre el pago de las indemnizaciones que debas satisfacer, como civilmente responsable de daños causados a terceros por actos de tu vida privada, practicas de deporte como aficionado, por hechos causados por tus mascotas, por tu personal doméstico o por daños derivados de un siniestro causado en tu vivienda.
Responsabilidad Civil de Mascotas. Cubre los daños personales y materiales causados involuntariamente a terceros por hechos derivados de la propiedad de perro, gato o caballo de paseo. Aunque se le escape o extravíe su mascota, el seguro responderá por Vd.
Responsabilidad Civil del Cazador. Con la publicación en el BOE del Real Decreto 63/1994, de 21 de enero, todo cazador con armas deberá, durante la acción de cazar, estar asegurado por un contrato de responsabilidad civil. Este seguro deberá tener una cobertura mínima de 90.151,82 euros. Si bien esta cobertura es la obligatoria y mínima legal, que cubre daños corporales a terceras personas, exclusivamente en el ejercicio de la caza, nosotros le recomendamos ampliarla con un mínimo de 60.000.-€ adicionales, mediante una cobertura de responsabilidad civil complementaria, que cubriría tanto daños corporales como materiales, sumando así una cobertura total de 150.000.-€
Responsabilidad Civil del Pescador. Al pescador, se le exige una cobertura que cubra las posibles indemnizaciones que el asegurado cause por ser civilmente responsable de daños físicos, materiales y perjuicios ocasionados a terceras personas, por situaciones derivadas de la pesca deportiva con caña de pescar y dentro del territorio nacional.
Responsabilidad Civil como propietario de Armas de Fuego. Seguro de Armas de Fuego. Cubre la responsabilidad civil extracontractual, de acuerdo con los artículos 1.902 y siguientes de Código Civil. Daños personales y materiales causados involuntariamente a terceros que deriven de la propiedad de armas de fuego reglamentarias de uso privado (no profesional). Actos y omisiones cometidos en el ámbito privado por el asegurado, su cónyuge y personas de las que deba responder por la tenencia y uso privado de armas de fuego y su munición, siempre y cuando esté legalmente autorizado para ello. Así mismo cubre la realización de prácticas de tiro olímpico dentro de las instalaciones autorizadas para ello, como aficionado en el ámbito de la vida privada.
En todos los supuestos, quedan cubiertos los gastos de defensa judiciales y extrajudiciales derivados de procesos civiles y/o penales como consecuencia de siniestros cubiertos por la póliza
Estas son algunas de las garantías de responsabilidad civil más solicitadas por los particulares (para empresas ver su apartado de Responsabilidad Civil). Si no encuentra lo que busca, expónganos sus necesidades y adecuaremos o crearemos el producto que le pueda satisfacer |
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