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Siempre que exista culpa o negligencia, el seguro de embarcaciones responderá por los daños materiales, personales y pérdidas económicas provocados, causados involuntariamente a terceros así como daños causados a puertos e instalaciones marítimas, como consecuencia de colisión, abordaje y, en general por los demás hechos derivados del uso de la embarcación de recreo.
Queda cubierta también la responsabilidad civil por los objetos o esquiadores que se remolquen.
Cumple con los requisitos del seguro de suscripción obligatoria establecido por el Real Decreto 607/1999 de 16 de abril para embarcaciones de recreo o deportivas.
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