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VIVIENDAS
Requisitos
- En caso de asalariados: Contrato laboral indefinido con el período de prueba superado o cualquier otro tipo de contrato laboral con antigüedad superior a un año.
- En caso de autónomos, pensionistas, estudiantes, otras situaciones y colectivos: Consultar
- La renta anual del alquiler no podrá exceder del 40% de los ingresos anuales netos del asalariado. En el caso de que los citados ingresos sean superiores a 30.000 Euros, la renta anual del alquiler no podrá exceder del 45% de los mismos.
- Para asalariados que no cumplan los requisitos anteriores: se valorará la existencia de más de un inquilino y/o avalista.
- Sin incidencias de impago anteriores. Los inquilinos que no cumplan los requisitos y/o tengan antecedentes de morosidad de cualquier índole, no serán asegurables.
- Por esta modalidad de seguro se garantizan exclusivamente contratos de alquiler cuya finalidad sea la de primera vivienda y cuya duración no sea inferior al año. La renta mensual máxima a asegurar son 3.000 Euros.
Documentación a remitir:
- 2 últimas nóminas de los inquilinos y acreditación de la antigüedad en la empresa.
- En caso de inquilino asalariado que no cumpla los requisitos del apartado 1, remitir la vida laboral.
- Documento de identidad (del inquilino y/o avalista).
- Contrato de alquiler o proforma.
LOCALES COMERCIALES
Requisitos para empresas
- Se analizará de forma individualizada la situación económica de la sociedad.
- Cuando la sociedad arrendataria tenga una antigüedad inferior a dos años en el desarrollo de su actividad, será requisito imprescindible que el arrendatario disponga de aval personal y solidario suficiente de personas físicas (pueden ser los socios o directivos de la empresa).
- Sin incidencias de impago anteriores y sin registros de impagados de la sociedad, socios y directivos en su caso.
- Estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Documentación a remitir:
- Contrato de alquiler (o proforma)
- CIF de la Sociedad y NIF de los avalistas
- Acreditación de la fecha de inicio de la actividad de la empresa (alta en Hacienda impresos 036/037 o escritura de constitución, o inscripción en el Registro Mercantil, etc)
- Certificados actualizados de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias (con Hacienda pública, con la Comunidad Autónoma y con la Seguridad Social.
- Declaración anual del Impuesto de Sociedades del último ejercicio y justificantes de pago de los ingresos a cuenta del Impuesto de Sociedades del ejercicio en curso.
- En caso de contratos de alquiler antiguos, un escrito conforme no existe hasta la fecha morosidad en el pago de las rentas de alquiler por parte de los arrendatarios.
En el supuesto de persona física AUTONOMO.
Requisitos para Autónomos
- La renta anual del alquiler no podrá exceder del 45% de los ingresos anuales netos del/os arrendatario/s o avalista.
- Sin incidencias de impago anteriores y sin registros en ASNEF.
- Antigüedad de al menos un año desde la fecha de alta como autónomo en la empresa o en la Seguridad Social.
Documentación a remitir:
- Acreditación de la fecha de alta como autónomo en la empresa o en la Seguridad Social.
- Certificación de la empresa del importe de sus ingresos netos anuales.
- Ultima declaración de Renta
- Ultimo resumen anual de declaraciones del IVA o última declaración anual de ingreso a cuenta del IRPF.
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